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Reforma Previsional
Sistema de Pensiones
     Solidarias

Nueva institucionalidad
Participación ciudadana
Equidad de género
Mayor cobertura para
     los trabajadores
     independientes

Mayor cobertura para
     los trabajadores jóvenes

Mayor competencia en
     la industria previsional

Mayor rentabilidad de los
     fondos de pensiones

Fomento al ahorro
     previsional voluntario

Disciplina Fiscal


 
  Portada  /  Reforma Previsional  
 
 

Protección Social para una Vida Digna en la Vejez: creación de un Sistema de Pensiones Solidarias

La Reforma Previsional crea un Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) cuyos principales beneficios serán la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS). Terminado el período inicial de transición, a estos beneficios accederán todos los hombres y mujeres:

  • Cumplidos los 65 años de edad
  • Pertenecientes al 60% de la población de menores ingresos
  • Que reúnan un período mínimo de 20 años de permanencia en el país, y de 4 de los últimos 5 años previos a la solicitud del beneficio.

El SPS entregará beneficios de vejez e invalidez de manera integrada a los beneficios del sistema de capitalización individual y reemplazará al actual programa de pensiones asistenciales (PASIS) y gradualmente al programa de pensión mínima garantizada (PMG). Por cierto, también tendrán acceso a las pensiones solidarias los pensionados y trabajadores activos imponentes Instituto de Normalización previsional (INP).

Para la entrega de los beneficios al 60% de la población de menores ingresos se aplicará un instrumento de focalización. Para la elaboración de dicho instrumento se utilizará la información a disposición del Estado, lo que permitirá una mayor agilidad en el otorgamiento de los beneficios y evitará tramites adicionales para las personas que soliciten su pensión. Todas las personas que lo requiera contarán con las correspondientes instancias de apelación.

Mediante la implantación del SPS, el Estado:

  • Establece para toda la población un importante grado de certeza en relación a los ingresos que percibirán durante la vejez.
  • Entrega una mayor protección a las personas no cubiertas o insuficientemente cubiertas por el sistema de capitalización individual.
  • Alcanza a la población de ingresos medios y bajos.


Así, a una persona que califica al SPS, que no pudo contribuir al sistema de capitalización obligatorio, y que no posee ningún otro tipo de pensión, el nuevo sistema otorgará la Pensión Básica Solidaria (PBS), la que en régimen alcanzará a 75.000 pesos.

Por otra parte, una persona que ha cotizado, alcanzando a percibir una pensión, se le entregará un Aporte Previsional Solidario. Este complemento solidario decrece hasta extinguirse para las personas cuyas pensiones alcancen un monto de $255.000, cuando la reforma entre régimen.

Se establecerá un período de transición de sólo cuatro años para el Sistema de Pensiones Solidarias. La Pensión Básica Solidaria comenzará a regir el 1 de julio de 2008, con un valor de $60.000. El 1 de julio del año 2009, la PBS alcanzará el valor de $75.000.

Por otro lado, la Pensión Máxima que contará con un Aporte Solidario (PMAS) inicialmente será de $70.000, hasta llegar a $255.000 en un plazo de 4 años. En los primeros años, las pensiones solidarias se concentrarán en los pensionados de menores ingresos, para ir gradualmente alcanzando al 60% de la población.

   
 
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