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Reforma Previsional
Sistema de Pensiones
     Solidarias

Nueva institucionalidad
Participación ciudadana
Equidad de género
Mayor cobertura para
     los trabajadores
     independientes

Mayor cobertura para
     los trabajadores jóvenes

Mayor competencia en
     la industria previsional

Mayor rentabilidad de los
     fondos de pensiones

Fomento al ahorro
     previsional voluntario

Disciplina Fiscal


 
  Portada  /  Reforma Previsional  
 
 

Fomento al Ahorro Previsional Voluntario

Con el objeto de profundizar los mecanismos de ahorro previsional voluntario, la Reforma propone:

Ahorro Previsional Voluntario Colectivo
Se propone crear un mecanismo de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo (APVC), mediante el cual los ahorros realizados por los trabajadores son complementados por sus respectivos empleadores.

Perfeccionamiento tributario del Ahorro Previsional Voluntario Individual
La Reforma presenta una propuesta de perfeccionamiento en materia tributaria para el ahorro previsional voluntario individual, la que se extiende al ahorro previsional voluntario colectivo, lo que permitirá promover el Ahorro Previsional Voluntario entre los trabajadores de menores ingresos

Afiliado Voluntario
Se crea la figura del afiliado voluntario, cuyo objeto es ampliar la cobertura del Sistema de Pensiones a todas las  personas que realizan actividades no remuneradas.

Todo lo anterior tiene como objetivo estructurar un pilar voluntario del Sistema de Pensiones más fuerte y con mayor cobertura en sectores medios de la población.

Un plan APVC se establecerá por acuerdo entre cada empresa y sus trabajadores, y siempre que concurra a esta decisión una proporción significativa de ellos, permitiéndose la existencia de más de un plan por empresa. Los planes no podrán discriminar entre los trabajadores de la empresa, tanto en el acceso a dichos planes, como en la proporción del aporte que realiza el empleador en relación al aporte del trabajador.

Esto planes establecen derechos de propiedad del trabajador sobre sus propios aportes y sobre los aportes que en su beneficio haga el empleador, sujeto a una permanencia mínima del trabajador en la empresa.

   
 
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